Boletín de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD)
De entrada: Se trata de una reforma que toma como referencia las propuestas fundamentales contenidas en la iniciativa de reforma laboral del Partido Acción Nacional del 18 de marzo de 2010. Afectan gravemente los derechos individuales, sumada a la ventaja empresarial que mantiene un modelo sindical que impide la participación de los trabajadores en la definición de las relaciones laborales y legitima la intervención gubernamental en la vida interna de los sindicatos y la anulación en los hechos del derecho de huelga y la contratación colectiva. La iniciativa del PRI negociada con el PAN teniendo como actores principales en la confección de esta iniciativa a empresarios que militan en ambos partidos tendría consecuencias muy graves de aprobarse y de las que contabilizamos por lo menos 26 grandes afectaciones en contra de los trabajadores, que son las siguientes:
1. Impide la participación de los trabajadores en la definición de las relaciones laborales y legitima la intervención gubernamental en la vida interna de los sindicatos y la anulación en los hechos del derecho de huelga y la contratación colectiva. Rompe con el principio de bilateralidad y de estabilidad.
2. Se anula por completo la estabilidad en el empleo y permite el libre despido sin costo para el patrón al permitirle crear contratos de: a) prueba, b) Capacitación inicial y c) Labores discontinúas.
3. Permite el despido libre, pues ya no será obligatorio para el patrón entregar personalmente al trabajador del aviso de rescisión ya que lo podrá hacer por correo certificado o por medio de la Junta de Conciliación y Arbitraje quién podrácomunicarlo “por cualquier medio que estime conveniente”
4. Se incrementan causales de despido como faltas contra los clientes del patrón.
5. Desaparece el derecho al aviso de despido para los trabajadores domésticos.
6. Legitima las renuncias “en blanco”. No se requiere de un acuerdo entre las partes.
7. Se crean “Normas nuevas” dirigidas a los Jornaleros Agrícolas, que se refieren especialmente a un “Registro especial de trabajadores eventuales o de temporada” para justificar el despido libre y sin costo en contra de ellos.
OUTSOURCING
8. Legaliza el contratismo de terceristas que hoy es ilegal, permitiendo que los patrones no asuman sus obligaciones laborales y lo hagan por ellos los contratistas, materializándose “fraudes legales” contra los trabajadores alsuprimirse la responsabilidad solidaria en el artículo 13 dela Ley Federal del Trabajo.
SALARIO
9. Permite su fijación de manera unilateral por parte del patrón sin intervención sindical.
10. Legaliza la polivalencia (el multiusos) con el mismo salario.
11. Con la certificación laboral permite la imposición de condiciones unilaterales de trabajo sin beneficio salarial acordado bilateralmente;
12. Permite la fijación del monto de bonos, incentivos y comisiones de manera unilateral los cuales no son obligatorios revisarlos.
13. Desaparece el salario mínimo y se crea el “salario infinitesimal”, porque el artículo 83 de la LFT se modifica para que el salario se pueda pagar de manera proporcional por el tiempo laborado con la base del salario mínimo; si se trabaja una hora diaria, se podrá pagar un octavo del salario mínimo, $7.47 pesos por hora. Una persona que labore 4 horas diarias se pagarían apenas $29.90 diarios, la mitad del salario mínimo.
14. Legaliza la subcontratación vía “outsourcing” reduciendo el costo de la fuerza de trabajo y permitiendo que en unamisma empresa haya trabajadores con mismas funciones con diferente salario y prestaciones.
CONDICIONES DE TRABAJO
15. Se permite la ampliación de tareas, cambio de los días de descanso contenidos en los contratos y de las horas dela jornada de trabajo que pueden ajustarse diariamente en función de las necesidades de la producción.
Asociación Nacional de Abogados Democráticos
Septiembre 6 de 2012
Foto: Tomada de Internet
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