Según la CNDH, al menos nueve periodistas murieron violentamente y decenas más sufrieron ataques e intimidación. La impunidad siguió siendo la norma en la mayoría de estos crímenes, pese a la existencia de una fiscalía federal especial para los delitos contra periodistas. Continuaron debatiéndose las reformas para que los delitos contra periodistas se tipificaran como delitos federales y para mejorar las investigaciones.
Como consecuencia de los ataques y la intimidación contra periodistas, la información publicada en la prensa local sobre la delincuencia y la seguridad pública era escasa o prácticamente inexistente en algunas regiones de elevada criminalidad. Las redes sociales desempeñaron un papel cada vez más destacado al facilitar información sobre amenazas contra la seguridad de las comunidades locales. Las bandas de delincuentes mataron al menos a tres blogueros y amenazaron a otros por publicar información que denunciaba sus actividades delictivas.
En Veracruz, las autoridades estatales detuvieron durante un mes a dos usuarios de Twitter y aprobaron leyes que penalizaban la distribución –por cualquier medio– de información falsa que perturbase el orden público. La CNDH presentó un recurso de constitucionalidad contra los cambios de la ley alegando que violaban el derecho a la libertad de expresión.
En junio, unos hombres armados no identificados mataron a Miguel Ángel López Velasco, a su esposa y a su hijo en su casa de Veracruz. El conocido periodista, que informaba sobre la delincuencia y la corrupción política, había recibido amenazas de muerte con anterioridad. Al finalizar el año proseguía la investigación sobre los homicidios.
Más de 20 defensores y defensoras de los derechos humanos fueron objeto de amenazas o ataques en 2011. Las investigaciones oficiales no habían identificado a los autores al concluir el año. La provisión de protección a defensores y defensoras era a menudo lenta, burocrática e inadecuada. En julio, el presidente firmó un decreto que establecía un mecanismo de protección, pero al finalizar el año no había datos que indicasen que el mecanismo estuviera activo o hubiera mejorado la protección de los periodistas o de los defensores de derechos humanos. Al concluir el año se debatía un proyecto de ley para reforzar el mecanismo.Defensores y defensoras de los derechos humanos
El compromiso del gobierno de respetar la labor de defensores y defensoras quedó en entredicho en julio, cuando el almirante secretario de Marina atacó públicamente el trabajo de las organizaciones de derechos humanos que documentaban abusos cometidos por las fuerzas armadas.
José Ramón Aniceto y Pascual Agustín Cruz continuaban cumpliendo sendas penas de seis años de prisión impuestas en julio de 2010. Ambos activistas de la comunidad indígena nahua fueron declarados culpables sobre la base de cargos penales falsos como represalia por sus esfuerzos para obtener un acceso equitativo al agua para su comunidad en Atla, estado de Puebla.
En julio entraron en vigor las reformas constitucionales que obligaban a las autoridades de todos los niveles a promover, respetar, proteger y garantizar las normas internacionales de derechos humanos que tuvieran categoría de constitucionales. Además, las reformas establecían que no se podían suspender ciertos derechos fundamentales durante los estados de emergencia, reconocían por ley varios derechos sociales y económicos, como el derecho a la alimentación y al agua no contaminada, y reforzaban las facultades de la CNDH.Novedades jurídicas, constitucionales e institucionales
En agosto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el Estado debía cumplir las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre México, incluida la que ordenaba que los militares implicados en violaciones de derechos humanos fueran investigados y juzgados por tribunales civiles y que se reformase a tal efecto el Código de Justicia Militar. Al concluir el año, los cuatro casos de abusos cometidos por militares sobre los que la Corte Interamericana había dictado sentencia habían sido transferidos a la jurisdicción civil. Sin embargo, el cumplimiento de otros elementos clave de las sentencias de la Corte Interamericana seguía siendo muy limitado, y se continuó aplicando la jurisdicción militar en otros casos de derechos humanos.
Foto: Tomada de Internet
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