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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ante una queja presentada por el PAN que los precandidatos únicos sí pueden realizar actos masivos.
De esta forma el TRIFE respaldó la decisión del Instituto Federal Electoral de que no se debe controlar la actividad de los precandidatos únicos de las coaliciones Movimiento Progresista, de Andrés Manuel López Obrador, y Compromiso por México, de Enrique Peña Nieto.
EL TRIFE dijo que restringirles más allá de su imposibilidad legal de aparecer en spots sería violentar su libertad de expresión y conferir una ventaja a los panistas.
Gracias a las preguntas que hizo AMLO al IFE, el PRI se benefició de las respuestas, lo que motivó la inconformidad del PAN.
Los magistrados consideraron sustancialmente infundados los agravios que argumentaba el PAN por haber permitido que los precandidatos únicos realicen actos abiertos y públicos, y que la única restricción legal lo es, el acceso a los tiempos oficiales en radio y televisión.
De igual forma se les restringe promover el voto abierto en su favor.
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